En su lugar se instauro un nuevo sistema, el SIMI. La nueva norma establece que los importadores deberán presentar la información solicitada a través de la página de la AFIP, y el organismo deberá emitir una respuesta en no más de 10 días.
La decisión fue publicada hoy en el Boletín Oficial a través de la Resolución General 3823 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Según el artículo 2 de la Resolución, "las declaraciones efectuadas a través del Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI) tendrán un plazo de validez de ciento ochenta días corridos, contados a partir de la fecha de su aprobación".
Si bien se eliminó el recargo del 35%, sigue vigente el cupo de compra por persona y la mercancía adquirida debe retirarse en la Aduana. Se iría a un esquema más flexible